- Unidad documental simple
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Resolución Consejo Directivo No. 133 /2022
- AR UNLP-2400-A-AHDFAU F2400-S1-S1.1-Se2-Res. CD 133/22-Res. CD 133/22
- Objeto
- 2022-12-29
Resolución de creación del Archivo del IHAAA 2019
- AR UNLP-1200-A-MEFDA F1200-S1-Se1-Res.CD 375-2019
- Resolución
- 2019-08-27
Parte deFondo de la Facultad de Artes
Resolución tramitada por exp-1200-001.271/2019
Sesión del Consejo Directivo del 18 de julio de 2019
Resolución de creación del Instituto de Historia del Arte Argentino y Americano (IHAAA) 1975
- AR UNLP-1200-A-MEFDA F1200-S2-Se2-Res.92-1975
- Resolución
- 1975-07-23
Parte deFondo de la Facultad de Artes
Resolución tramitada por exp- 1215-745.105/1975
Resolución: nombrando Contador general de la Universidad a don Juan Badessich.
- AR UNLP-100-A-AHUNLP F100-SP-SS4AF-SS1-Se3-Exp-100-Ps-66-1924
- Unidad documental compuesta
- 1924-09-15
Resolución del Presidente de la Universidad nombrando al Contador Público Juan Badessich como Contador General de la Universidad.
Presidencia UNLP
- AR UNLP-100-A-AHUNLP F100-SP-SS4AF-SS1-Se3-Exp-100-111174-1976
- Unidad documental compuesta
Se informa que “en función de la Ley Nacional N° 20654/74 y el Decreto-Ley Nacional Nº 21276/76, el Delegado Interventor de la UNLP, mediante la Res.Nº1487/76, resuelve, entre otras cosas, lo siguiente:
“Artículo1º: Los alumnos de la Universidad Nacional de La Plata están sometidos al “régimen disciplinario” que establece la presente resolución. Artículo 3º: Podrán aplicarse las siguientes sanciones: • apercibimiento • suspensión hasta 5 años • expulsión Artículo 4º: Las sanciones previstas en el artículo precedente deberán guardar, en cada caso, proporción con la gravedad de la falta cometida. Artículo 5º:. Se hallan sometidos a la potestad disciplinaria de la Universidad, facultades, departamentos e institutos los alumnos regulares, libres y vocacionales por los actos que ejecuten en los locales universitarios o fuera de éstos en tanto afecten, en cualquier medida, el decoro, la disciplina o el prestigio de la Universidad Nacional de La Plata. Artículo 8º: El alumno procesado, condenado por delito doloso o puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, quedará automáticamente suspendido preventivamente, hasta que recaiga resolución definitiva, o en su caso, hasta el cumplimiento de la condena, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que pudieran corresponderle. Si recayese sobreseimiento provisional respecto del alumno, la autoridad resolverá sobre la conveniencia de mantener o dejar sin efecto dicha suspensión. El alumno deberá, en todo caso, acompañar testimonio o certificado judicial de la resolución final recaída en la causa para su agregación al legajo. Artículo 12º: Serán sancionados con apercibimiento, suspensión o expulsión, acorde con la gravedad de la falta cometida los alumnos que se encuentren incursos en algunas de las siguientes causales: a) Realizar en la Universidad actividades que asuman formas de adoctrinamiento, propaganda, proselitismo o agitación de carácter político o gremial, docente, estudiantil y no docente. b) Cuando incurra, fuera del ámbito de la Universidad, en actos que denoten peligrosidad actual o potencial para la seguridad nacional, los que deberán estar fehacientemente acreditados por vía de información producida por las fuerzas de seguridad. Artículo 13º: Las autoridades de la Universidad y el personal docente y administrativo de la misma deberán comunicar al decano de la Facultad o responsable del Instituto los actos que conociere con motivo del ejercicio de sus funciones cometidos dentro y fuera de esta Casa de Estudios que afecten su orden y prestigio. Artículo 19º: Queda prohibido el ingreso a esta Universidad a toda persona que se encuentre comprendida en las causales anteriormente mencionadas. Artículo 20º: Las sanciones de expulsión deberán ser puestas en conocimiento del Rectorado a fin de proceder a su comunicación a las distintas Casas de Estudios de esta Universidad, a la Subsecretaría de Asuntos Universitarios del Ministerio de Cultura y Educación y a todas las Universidades Nacionales”.