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Resolución por la cual los estudiantes de la UNLP están sometidos al régimen disciplinario que establece la presente resolución 1976

Se informa que “en función de la Ley Nacional N° 20654/74 y el Decreto-Ley Nacional Nº 21276/76, el Delegado Interventor de la UNLP, mediante la Res.Nº1487/76, resuelve, entre otras cosas, lo siguiente:
“Artículo1º: Los alumnos de la Universidad Nacional de La Plata están sometidos al “régimen disciplinario” que establece la presente resolución. Artículo 3º: Podrán aplicarse las siguientes sanciones: • apercibimiento • suspensión hasta 5 años • expulsión Artículo 4º: Las sanciones previstas en el artículo precedente deberán guardar, en cada caso, proporción con la gravedad de la falta cometida. Artículo 5º:. Se hallan sometidos a la potestad disciplinaria de la Universidad, facultades, departamentos e institutos los alumnos regulares, libres y vocacionales por los actos que ejecuten en los locales universitarios o fuera de éstos en tanto afecten, en cualquier medida, el decoro, la disciplina o el prestigio de la Universidad Nacional de La Plata. Artículo 8º: El alumno procesado, condenado por delito doloso o puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, quedará automáticamente suspendido preventivamente, hasta que recaiga resolución definitiva, o en su caso, hasta el cumplimiento de la condena, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que pudieran corresponderle. Si recayese sobreseimiento provisional respecto del alumno, la autoridad resolverá sobre la conveniencia de mantener o dejar sin efecto dicha suspensión. El alumno deberá, en todo caso, acompañar testimonio o certificado judicial de la resolución final recaída en la causa para su agregación al legajo. Artículo 12º: Serán sancionados con apercibimiento, suspensión o expulsión, acorde con la gravedad de la falta cometida los alumnos que se encuentren incursos en algunas de las siguientes causales: a) Realizar en la Universidad actividades que asuman formas de adoctrinamiento, propaganda, proselitismo o agitación de carácter político o gremial, docente, estudiantil y no docente. b) Cuando incurra, fuera del ámbito de la Universidad, en actos que denoten peligrosidad actual o potencial para la seguridad nacional, los que deberán estar fehacientemente acreditados por vía de información producida por las fuerzas de seguridad. Artículo 13º: Las autoridades de la Universidad y el personal docente y administrativo de la misma deberán comunicar al decano de la Facultad o responsable del Instituto los actos que conociere con motivo del ejercicio de sus funciones cometidos dentro y fuera de esta Casa de Estudios que afecten su orden y prestigio. Artículo 19º: Queda prohibido el ingreso a esta Universidad a toda persona que se encuentre comprendida en las causales anteriormente mencionadas. Artículo 20º: Las sanciones de expulsión deberán ser puestas en conocimiento del Rectorado a fin de proceder a su comunicación a las distintas Casas de Estudios de esta Universidad, a la Subsecretaría de Asuntos Universitarios del Ministerio de Cultura y Educación y a todas las Universidades Nacionales”.

Resolución sobre la enseñanza de "Fisica y Meteorologia" en la Facultad de C. Fisicas. 1925

El H. Consejo Superior resolvió que la enseñanza de "Física y meteorología Agrícolas" del plan de estudios de la Facultad de Agronomía pase a depender de la Escuela Superior de Matemáticas y Física dependiente de la Facultad de Ciencias Físico-matemáticas Puras y Aplicadas.

Consejo Superior

Resolución sometiendo a dictamen de la Com. de interpretación y reglamento una consulta del Sr. Consejero Castello. 1925

El H. Consejo Superior resolvió someter a dictamen de la Comisión de Interpretación y Reglamento la consulta del Consejero Castello sobre si los profesores interinos pueden formar parte de las asambleas electorales que se realizan en la Universidad y en las Facultades e Institutos.

Consejo Superior

Reyna Diez payadores y poetas urbanos de la Revolución de Mayo

Mediodía fue ideado y conducido por la periodista Nelly Buscaglia, salió al aire por LR 11 Radio Universidad Nacional de La Plata – AM1390- entre 1983 y 2018. En este caso se trata de participaciones especiales de Reyna Diez en el programa Mediodía.

LR11 Radio Universidad Nacional de La Plata

San Juan-Calingasta- El Leoncito

Obras sanitarias/alojamiento colectivo
Obras sanitarias/Casa del Director
Obras sanitarias/Vivienda unifamiliar
Ubicación
Obras sanitarias/Sala de estar/Biblioteca/Oficina/Planta
SITE PLAN-profiles and details
Especificaciones del telescopio
Carta de presentación al Director Obser.
Especificaciones técnicas
Fotografías

Sin cabeza (naturaleza muerta) 2017

Carpeta que contiene fotografías del registro de la instalación teatral Sin cabeza (naturaleza muerta), de Blas Arrese Igor, presentada en la apertura del Centro de Arte de la UNLP, en octubre de 2017.
Sin cabeza surge del deseo de un grupo de artistas platenses de seguir investigando nuevos proyectos, signados por el riesgo y la búsqueda de los límites de diversos lenguajes artísticos.
La obra es una instalación teatral monocromática (blanca) que se activa en determinadas franjas horarias deviniendo en espacio de representación de la obra. Sin cabeza está estructurada en fragmentos sintéticos que no cuentan con una línea argumental clásica. Son capítulos, cuadros, números o pasajes que tienen un carácter común: hablan de la soledad, del arte, la muerte, la identidad, la historia y el futuro.
Ficha técnica:
Idea, dramaturgia y dirección: Blas Arrese Igor
Director asistente: Juan Zurueta
Actuaciones: Norma Camiña, Silvia Carrera, Juan Manuel Castiglione, Esteban Manzano y Valentín Prioretti
Música original: Pablo Toledo, Lautaro Zugbi y Estaban Manzano
Operación y diseño lumínico: Juan Zurueta
Escenografía y vestuario: Cecilia Campos
Instalación Sin cabeza: Lucas Aquiles Borzi y Blas Arrese Igor
Colaboradores artísticos técnicos: Gastón Aramburu, Sebastian Cerri, Matías Sampedro, Julio Ricciardi, Ernesto Elvira y Martina Urruty
Xilografía: Mili Rabasa

Centro de Arte

Sin Título (Rollo Nº3)

Registro del V° Festival Argentino de Coros Universitarios realizado por la Radio Universidad Nacional de La Plata.

LR11 Radio Universidad Nacional de La Plata

Sin Título (Rollo Nº4)

Registro del V° Festival Argentino de Coros Universitarios realizado por la Radio Universidad Nacional de La Plata.

LR11 Radio Universidad Nacional de La Plata

Sol: habilitación de su título de abogado expedido en el Paraguay. Legajo de Diplomas N° 3091

Solicitud de habilitación del título de "Doctor en Derecho y Ciencias Sociales" para el ejercicio de la profesión en la República Argentina por parte de Luis S. Machain, graduado en la Universidad Nacional de la Asunción (República del Paraguay).

Machain, Luis S.

Sol: habilitación de su título de Doctor en Medicina de la Universidad de Asunción del Paraguay. Legajo de Diplomas N° 3093

Solicitud de habilitación del título de "Doctor en Medicina y Cirugía" para el ejercicio de la profesión en la República Argentina por parte de José E. B. Negrete, graduado en la Universidad Nacional de la Asunción (República del Paraguay).

Negrete, José E. B.

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